C.I.T.E.S. Reglamento para exportación e importación de plantas
prudenton
25/02/06, 23:54:01
necesito saber que es el cites de una planta , quien lo da o a quien se ha de pedir. gracias a todos
cielk7dm
26/02/06, 00:26:41
http://es.geocities.com/portalcarnivoro/proteccion.htm
buena explicacion.
Julio Alberto
28/02/06, 18:09:24
Aquí os dejo, tras las correspondientes "investigaciones" realizadas, la conclusión de si es necesario el CITES o no cuando se compra una planta. Para ello, nuestros amigos franceses lo han dejado bastante claro en su foro:
http://forumpc.celeonet.fr/forum/setopic_1731-cites.html
Al final del primer mensaje (y en negrita) encontraréis un resumen de lo que se debe hacer dependiendo de si se compra una planta en un mismo país, si se importa/exporta de otro dentro de la UE y si se importa/exporta fuera de la UE (aunque no está de más que os leáis todo el mensaje).
Traducción del resumen:
- Si estás en Francia y quieres comprar plantas protegitas o que están dentro de los anexos del CITES simplemente es necesario disponer de la factura.
- Si estás en Francia y quieres importar una planta de un país perteneciente a la UE (Unión Europea) es neceario una factura (o un justificante), y un certificado de exportación CITES para las plantas que están en el apéndice I. Para las plantas del apéndice II el certificado CITES no es necesario.
- Si estás en Francia y quieres importar una planta a un país que no perntenezca a la UE, las condiciones son más estrictas. Es necesario, "sea cual sea el apéndice en que la planta esté inscrito", una factura (o justificante) , un certificado fitosanitario más el certificado CITES de importación y exportación. (...).
- Conservar todos los documentos, facturas, etc..
Todo eso aplicado a plantas que estén en el CITES y para toda la UE.
Saludos.
si solo supiese frances... aunque creo que mas o menos lo he entendido.
Tambien hay que decir que las semillas tienen un tratamiento especial y que las plantas in-vitro estan exentas (por motivos obvios)
Julio Alberto
28/02/06, 18:24:58
Sí, para saber qué semillas necesitan tratamiento especial hay que acudir al listado de los anexos del cites, y para las plantas en cultivo in vitro (como bien dices) creo que no hace falta ni cites ni certificado fitosanitario (por ser enviadas en condiciones de estricta esterilidad y por estar más que claro que han sido reproducidas por tejido/semillas y no obtenidas del hábitad natural).
Julio Alberto
28/02/06, 18:52:33
Para saber qué especies, tanto fauna como flora, están en el CITES podéis acudir a la siguiente página:
http://www.cites.org/esp/app/appendices.shtml
rodpadc
28/02/06, 18:53:30
El CITES es a nivel mundial o solo en europa??? :roll: :roll:
Julio Alberto
28/02/06, 18:57:49
Es a nivel mundial pero yo sólo he encontrado información para Europa. Cada continente/país fuera de Europa exigirá a lo mejor cosas distintas (siendo los controles más estrictos (como parece ser el caso de Aurtralia) o más permisivos).
Pero sólo algunos países son mienbros del CITES.
http://www.cites.org/esp/disc/parties/alphabet.shtml
Julio Alberto
02/03/06, 14:58:52
Más info sobre cites.
http://www.cpukforum.com/forum/viewtopic.php?t=13522
Estoy a la espera de tener "toda" la información correcta de los organismos oficiales (concretamente tanto del SOIVRE como del SEPRONA). Ya me he comunicado con ellos.
Cuando disponga de ella (espero que sea en breve) la pondré en el foro para que todo el mundo pueda acceder a dicha información.
Saludos.
prudenton
02/03/06, 20:53:20
julio alberto, estupenda informacion. seguro que te has dado la paliza. pero no entiendo por que lo que dices hace referencia a francia y no a españa. es que el tema en españa, es mas complicado encontrarlo. creo que seria mas practico , la legislacion sobre el tema que haya en españa, vamos, mas que nada, porque no estamos en francia. bueno de todas formas me parece estupendo tu teson. me intriga algo de lo que dices y es referente al apendice1 del cites , en seprona me dijeron, que todo lo que aparezca en el apendice 1, nada de nada . prohibida su venta de cualquier manera. creo que cuanto mas nos metemos en el tema, mas nos liamos verdad? bueno enorabuena, estoy atento a lo que escribes... un saludo prudenton.
Les pregunto algo:
En el caso de que yo fuese un importador de plantas o animales, las/os introdusco con cites y todos los papeles, luego se me antoja vender algunos ejemplares a amigos necesito darles un documento a parte de la factura? y si ya me han dado permisos de comercializacion seria lo mismo? o tendria que andar tirando cites a medio mundo?
prudenton
02/03/06, 21:55:07
pues por lo que yo he entendido en las plantas, si importaras una remesa de plantas o un animal por ejp, te darian un numero de registro. y ese numero, es el que se adjuntaria a la factura de la planta cuando la vendieras al por menor. en el caso de los animales, que tambien lo pregunte, el animal en cuestion, tendria un numero de cites, y al vender por ejp los cachorros , tendrias que hacer una referencia al numero de cites del padre , creo que es algo asi como el pedigri de los perros. es para controlar la procedencia del animal .
asi me lo explicaron.
Ya enteiendo.....sin embargo eso dependera de cada pais no?
rodpadc
02/03/06, 22:20:29
Según lo que he entendido es que se debe de tener un certificado o número de cites para las plantas que estén en sus apéndices, pero las plantas que sean reproducidas en invernaderos no cuantan para esos cites, y cómo los diferencían?? o está mal mi entendimiento??, me estoy haciendo pelotas aunque se me resuelven muchas dudas a la vez :roll: :? :?:
prudenton
02/03/06, 22:22:34
no lo se exactamente,supongo, que no habra tanta diferencia entre paises de la ue que con paises de africa o asia o sudamerica que estan siendo expoliados de todo lo habido y por haber.quizas, con paises de la ue sea todo muy similar pero con matices propios de de la fauna y flora endemica de cada pais. aqui en granada no hace mucho, se armo un pollo de mucho cuidado porque un pastor lo pillo el seprona cogiendo manzanilla de sierra nevada. este pastor , la cogia como lo hacia su tatatatatataatattabuelo que eso no pasa nada , coge una poca y ya esta. bueno, a esta criatura le dieron un mal rato del copon , lo citaron en juzgados etc.... al final, como es logico, se ofrecio un abogado para llevarle el caso gratis fijate.... supongo , que todo acabaria bien.. pobre pastor
Julio Alberto
02/03/06, 22:31:41
Hola prudenton.
Hago referencia a Francia (y a Inglaterra) porque es lo que encontré y según lo que tengo entendido hasta ahora la UE funciona como una única entidad, es decir, las mismas normas CITES para todos los países de la UE. Por lo tanto, en un principio esas normas son aplicables también a España.
Si el SEPRONA ha dicho que no se pueden vender especies que estén dentro del apéndice I supongo que será verdad (salvo que se hayan equivocado). Yo también se lo voy a preguntar a ellos y al SOIVRE. Aunque no creo que aquí no se puedan vender/comprar especies del apéndice I y allá en Francia e Inglaterra sí (si es así, bajo mi punto de vista, lo del CITES no vale para nada). Alguien, sean nuestros compañeros del foro francés e inglés o los del SEPRONA han tenido que equivocarse.
De todas formas espero tener la confirmación de todo eso en unos días y de paso la comparación de la información que manejan los del SEPRONA y los del SOIVRE.
Es muy lioso sí pero es muy importante saberlo.
prudenton
02/03/06, 23:06:32
animo julio alberto. no decaigas. pues como tu dices, es importante. supongo, que pasara como con la administracion o los medicos , unos dicen una cosa otros otra, y nosotros sacamos nuestras conclusiones que nos las trasmitimos de unos en otros y para colmo de males, se van distorsionando no?
cielk7dm
03/03/06, 07:23:06
yo no quiero imaginar, si comprase en wistuba...el papeleo que tendria que hacer aqui....Odio la burocracia :x de aca.
Worsleya
03/03/06, 08:43:47
rodpadc, el certificado CITES, indica que las plantas han sido reproducidas de forma legal, con las semillas también necesitaras demostrar su procencia.
Solo los reproductores autorizados pueden emitir estos cerficados.
Otra cosa es, cuando se hace una compra legal entre varios, entonces cada uno conseva su copia, el certificado o factura va a nombre de todos ellos.
Julio Alberto
03/03/06, 15:30:26
con las semillas también necesitaras demostrar su procencia.
Depende de qué semillas, para ello hay que consultar los apéndices. Algunas plantas que están dentro del CITES, tienen unos símbolos (en el caso de la Dionaea es el: #1) e indican qué partes de la planta están protegidas.
En este caso, #1 significa que están dentro del CITES todas las partes y derivados, excepto:
a) las semillas, las esporas y el polen (inclusive las polinias);
b) los cultivos de plántulas o de tejidos obtenidos in vitro, en medios sólidos o líquidos, que se
transportan en envases estériles; y
c) las flores cortadas de plantas reproducidas artificialmente;
(...) supongo, que pasara como con la administracion o los medicos , unos dicen una cosa otros otra(...)
Sí, por desgracia eso ocurre en todos los ámbitos.
no lo se exactamente,supongo, que no habra tanta diferencia entre paises de la ue que con paises de africa o asia o sudamerica que estan siendo expoliados de todo lo habido y por haber.quizas, con paises de la ue sea todo muy similar pero con matices propios de de la fauna y flora endemica de cada pais. aqui en granada no hace mucho, se armo un pollo de mucho cuidado porque un pastor lo pillo el seprona cogiendo manzanilla de sierra nevada. este pastor , la cogia como lo hacia su tatatatatataatattabuelo que eso no pasa nada , coge una poca y ya esta. bueno, a esta criatura le dieron un mal rato del copon , lo citaron en juzgados etc.... al final, como es logico, se ofrecio un abogado para llevarle el caso gratis fijate.... supongo , que todo acabaria bien.. pobre pastor
Para el pastor si, para la manzanilla no. Supieron llevar muy bien la parte de opinion publica. Una vez escuche a la otra parte y la historia no era exactamente como se nos hizo creer. Hay que reconocer que sus abogados supieron llevarlo muy bien.
prudenton
03/03/06, 18:11:58
bueno ilex, lo que tu dices de la manipulacion de la opinion publica, es una realidad. lo que yo cuento, es lo que se dijo. expon tu lo que escuchaste de la otra parte y sacaremos conclusiones. no?
Ramamayor
03/03/06, 20:02:54
prudenton, sí, se dijo eso en televisión y todos nos echamos las manos a la cabeza, yo la primera; pero como dice ilex había otra versión que ahora mismo no recuerdo muy bien; algo así como que... mejor busco en la hemeroteca que si no voy a tener que desdecirme; pero sí que hubo otro informe de los hechos y que no favorecían en nada al pastor.
Intentaré buscarlo. :leyendo: :tecleando:
Worsleya
04/03/06, 00:00:36
Los certificados CITES no son fitosanitarios, muchas semillas esta prohibido recolectarlas de su hábitat, por lo tanto hay que demostrar de donde salen .
No se puede reproducir sin permiso, ni siquiera siendo tuya la planta, y comprada con su correspondiente certificado CITES. es un tema complicado.
Si yo tengo una planta legalizada, me da semillas, las siembro y consigo que den nuevas plantas,( todo esto en mi casa) viene el Seprona y soy culpable hasta demostrar que soy inocente, lo menos que me puede pasar , es que me las quiten y me pongan una multa, así están las cosas.
Julio Alberto
04/03/06, 19:53:01
He aquí toda la información sobre las normas del CITES.
"En término generales, el Convenio CITES y el Reglamento (CE) 338/97, no distinguen entre Flora y Fauna a la hora de exigir la documentación a cada Apéndice (CITES) o Anexo (Reglamento)"
Para importar/exportar a la UE:
Es necesario obtener un permiso de exportación del país de origen de la mercancía y un permiso de importación del país de destino si la mercancía se importa en la Unión Europea. Si se desea re-exportar una especie previamente importada en la Unión Europea será necesario obtener un certificado de re-exportación del país del que se re-exporta.
Los documentos mencionados anteriormente deben ser solicitados con la antelación suficiente para que sean autorizados antes del movimiento de la mercancía. En el caso del permiso de importación en la Unión Europea, la solicitud deberá ir acompañada de una copia del permiso de exportación del país de origen, por lo que este último deberá ser solicitado en primer lugar. Cuando se trate de una exportación, al realizar la solicitud se tendrá que aportar la documentación que certifique el origen legal del animal o planta (pueden ser facturas o cualquier otro documento que demuestre su origen). Y por último cuando se trate de una re-exportación, la solicitud deberá acompañarse de una copia del permiso de importación con el que se importó el espécimen.
Se podrán aceptar en sustitución del permiso de exportación CITES de origen, los certificados fitosanitarios de reproducción artificial expedidos por Canada, República de Corea, Singapur y Suiza. Los certificados de reproducción artificial que se pueden aceptar son los que se han comunicado a los efectos oportunos a través de la Secretaría CITES.
Para movimientos dentro de la UE:
En cuanto al movimiento dentro de la Unión Europea, hay que diferenciar entre especímenes de las especies que figuran en el Apéndice I y II.
- Para las especies incluidas en el Apéndice I las actividades comerciales están prohibidas salvo que se tenga un documento que certifique que se trate de una especie nacida y criada en cautividad, un espécimen pre-Convenio u otra circunstancia.
- Los especímenes del Apéndice II podrán ser objeto de comercio cuando se pueda demostrar que dichos especímenes han sido adquiridos o legalmente introducidos en la Unión Europea, de conformidad con la legislación vigente sobre conservación de fauna y flora silvestres. El modo de demostrar su lícita adquisición o importación podrá ser la factura de compra o documento equivalente en la que conste el número del permiso de importación cuando el espécimen se importó en la Comunidad, o una certificación o leyenda añadida a la factura a través de la cual sea posible verificar que fue criado en cautividad. Si en la factura no se ha hecho constar esta información, podría admitirse una declaración contenida en otro documento.
No se hace referencia a los certificados CITES dentro de España porque sólo son válidos para exportaciones/importaciones de ámbito internacional.
Además, como bien ha dicho ilex, tambien os pueden pedir un certificado del SOIVRE donde se diga que la planta no es CITES.
Quiero aprovechar para dar las gracias al SOIVRE y al SEPRONA por ayudarme y ser tan amables.
Saludos.
Philipp
04/03/06, 22:55:24
Muchas gracias, Julio Alberto! :D
cielk7dm
05/03/06, 00:15:58
que es SOIVRE y SEPRONA ?¿?¿
para los que no estamos en españa :roll:
Julio Alberto
05/03/06, 00:21:49
Hola Cielk7dm.
El SOIVRE es la Subdirección General de Inspección, Certificación y Asistencia Técnica del Comercio Exterior:
http://www.mcx.es/sgcomex/soivre/
Y el SEPRONA es el Servicio de Protección de la Naturaleza:
http://www.guardiacivil.org/quesomos/organizacion/operaciones/seprona/
Julio Alberto
06/03/06, 01:36:44
Para ver la información definitiva sobre el CITES:
http://www.infojardin.net/foro_jardineria/viewtopic.php?t=54427
Worsleya
06/03/06, 01:57:47
Ya lo he leido, pero no entiendo esto:
No se hace referencia a los certificados CITES dentro de España porque sólo son válidos para exportaciones/importaciones de ámbito internacional.
Sin este certificado, como demuestro la procedencia de una planta? una factura normal no es valida.
Aquí se ha hablado mucho del tema.
http://www.suculentas.com/phpBB2/viewforum.php?f=3&sid=5b7252afbc317e53327ecbbe5244050f
Julio Alberto
06/03/06, 02:23:03
Los certificados CITES sólo se hacen para exportaciones/importaciones internacionales (pero en nuestro caso la UE se trata como si fuera un único país). Si se compra una especie que está dentro de los apéndices CITES en España (o en cualquier otro país perteneciente a la UE) debe ir acompañada en la factura del número de partida CITES (que no es un certificado, sólo un número de partida).
Si dicha factura o documento equivalente no lo tiene entonces ahí está el problema (tiene que figurar ahí).
... El modo de demostrar su lícita adquisición o importación podrá ser la factura de compra o documento equivalente en la que conste el número del permiso de importación cuando el espécimen se importó en la Comunidad...
Tambien os pueden pedir un certificado del SOIVRE donde se diga que la planta no es CITES.
Entonces , sin CITES, ¿no podemos enviar plantas fuera de españa? :shock:
A saver la de delitos que he o hemos hecho... :sonrisa:
Julio Alberto
06/05/06, 21:24:37
alx, sin los certificados CITES sólo se pueden enviar/traer plantas fuera de España hacia/desde otro país de la UE siempre que las especies pertenezcan al Apéndice II.
Worsleya
06/05/06, 22:25:18
Sin certificado CITES, ni siquiera se pueden tener las plantas, aves o reptiles incluidas en los apendices.Eres culpable hasta que demestres lo contrario.
Julio Alberto
06/05/06, 22:32:52
Sin certificado CITES, ni siquiera se pueden tener las plantas, aves o reptiles incluidas en los apendices.Eres culpable hasta que demestres lo contrario.
Los del Soivre y los del Seprona no dicen eso. Dicen que para las plantas del segundo apéndice no es necesario tener el certificado CITES, basta con tener la factura/documento que demuestre su compra legal.
Los especímenes del Apéndice II podrán ser objeto de comercio cuando se pueda demostrar que dichos especímenes han sido adquiridos o legalmente introducidos en la Unión Europea, de conformidad con la legislación vigente sobre conservación de fauna y flora silvestres. El modo de demostrar su lícita adquisición o importación podrá ser la factura de compra o documento equivalente en la que conste el número del permiso de importacióncuando el espécimen se importó en la Comunidad, o una certificación o leyenda añadida a la factura a través de la cual sea posible verificar que fue criado en cautividad . Si en la factura no se ha hecho constar esta información, podría admitirse una declaración contenida en otro documento.
¿Y si la planta ha sido reproducida asexualmente y me la han regalado...? :roll:
Worsleya
07/05/06, 16:48:24
Para movimientos dentro de la UE:
En cuanto al movimiento dentro de la Unión Europea, hay que diferenciar entre especímenes de las especies que figuran en el Apéndice I y II.
- Para las especies incluidas en el Apéndice I las actividades comerciales están prohibidas salvo que se tenga un documento que certifique que se trate de una especie nacida y criada en cautividad, un espécimen pre-Convenio u otra circunstancia.
- Los especímenes del Apéndice II podrán ser objeto de comercio cuando se pueda demostrar que dichos especímenes han sido adquiridos o legalmente
Esto es justamente un certificado CITES, y lo que debe reflejar, en el figura el numero de permiso del reproductor ( codigo con numeros y letras) e indica que han sido reproducidos por semillas, para ello es necesario estar autorizado ( para reproducir, que no todos lo estan)
Un claro ejemplo: yo tengo un cactus o planta cualquiera incluido en el apendice l - ll, con su correpondiente certificado CITES, da semillas y legalmete no puedo sembrarlas.
La forma de demostrar que dichos especímenes han sido adquiridos legalmente, no es otra que el certificado CITES, cosa por otro lado nada facil de conseguir.
Todas las plantas incluidas en estos apendices, que no tengan C C son ilegales y no solo pueden ser confiscadas , puede costarnos una buena multa o sanción.
Aquí hay suficiente información. www.suculentas.com
Julio Alberto
07/05/06, 17:13:36
Sí pero las autoridades nos han dicho (me he preocupado de preguntárselo directamente) que para los que tengamos especies del apéndice II basta con tener la factura donde venga el número de partida CITES y no es necesario un certificado CITES para poder demostrar que dicha planta ha sido adquirida legalmente (las que están dentro del apéndice II). Tu dices que no, que siempre hace falta el certificado (o al menos eso es lo que entiendo yo)... Por lo que veo hay una contradicción entre ambos datos.
Yo sólo digo lo que me dijeron dichas autoridades ... :nuse:
Alx, si la planta no tiene ningún documento que acredite que ha sido nacida en cautividad ...
Worsleya
07/05/06, 23:03:29
Julio Alberto: son lo mismo, no tengo escáner para poner una copia de los que tengo. Es la factura emitida por el vendedor legalmente autorizado a reproducir. en ella dice: nombre de la planta o plantas que te ha vendido y precio, luego escribe que certifica han sido reproducidas por semillas, y en el membrete de la factura vienen los datos y también en un cuño que ponen.
Con esto te garantizas que si un día el Seprona te visita, puedas demostrar de donde las has sacado, el problema se presenta con algunas plantas compradas en mercadillos o viveros normales, regalos de amigos o familiares.. en fin mil maneras por las que te puede llegar una planta sin que por ello la hayas expoliado, pero que llegado el momento no puedes demostrarlo.
Llevamos años luchando con este problema de legalizar las plantas, en mi caso concreto, como el de muchos mas, con el tema cactus y suculentas. Puedes verlo en la pagina que puse el enlace.
Julio Alberto
07/05/06, 23:22:26
:pensando: ¿ese es el certificado CITES?
Confunde bastante el hecho de que en unos sitio se le llamen facturas y en otro certificados... :oops:
Tal y como te lo dicen parece que son dos documentos distintos.
Gracias por la aclaración.
Worsleya
07/05/06, 23:43:32
Tienes razón, dan la impresión de que el certificado lo van a dar en algún organismo oficial, pero no es así.Por ejemplo: compras una planta cites l en Ortega cactus, el te envía la factura como he comentado, certificando que ha sido reproducida por semillas y todos los datos que menciono, eso es un certificado CITES en toda regla.
Me olvidé poner que en la factura va el nombre, dirección y DNI del comprador, lo que si es valido, cuando a veces se hace un pedido para varios, que cada uno conserve una copia, esto no se muy bien como es, si se ponen todos los nombres o solo uno, porque nunca he comprado de esa forma, entiendo que se pone uno y luego sacan copias, pero no estoy segura de ello.
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